Conoce los cambios en PILA que trae la Resolución 2012 de 2022

El Ministerio de Salud y Protección Social emitió el pasado 20 de octubre de 2022 la Resolución 2012, con el fin de implementar cambios importantes en PILA.


A continuación, detallamos los más significativos que se contemplan en esta Resolución, así como las fechas en las cuales comenzarán a aplicarse en el pago de la PILA:


Reporte de novedad de retiro y novedad de ausentismo


Vigencia: A partir del 20 de noviembre de 2022


Cuando un cotizante reporta una novedad de retiro y además presenta para el mismo periodo alguna novedad de ausentismo*, la novedad de retiro deberá reportarse en una línea diferente de las novedades de ausentismo; esto teniendo en cuenta que según la normativa vigente, el IBC (Ingreso Base de Cotización) puede ser diferente.


*Las novedades de ausentismo son:

  • SLN: suspensión temporal del contrato o licencia no remunerada

  • IGE: incapacidad por enfermedad general

  • IRL: incapacidad por riesgo laboral

  • LMA: licencia de maternidad o paternidad

  • VAC: vacaciones

  • LR: licencia remunerada



Validaciones para aprendices SENA


Vigencia: A partir del 1 de diciembre de 2022


A partir de esta fecha, los aprendices en etapa lectiva (tipo de cotizante 12) o en etapa productiva (tipo de cotizante 19), deberán estar registrados en la base de datos del SENA para poder ser reportados en la PILA; si el aprendiz no se encuentra relacionado en ella, no se podrá hacer uso de este tipo de cotizante y se deberá contactar al SENA, para generar esta base de datos de acuerdo con los contratos de aprendizaje registrados en dicha entidad, la cual tiene una frecuencia de entrega mensual a los Operadores de Información.

Validaciones para subtipos de cotizante 03 y 04


Vigencia: A partir del 1 de diciembre de 2022

Si en tu planilla reportas personas como no obligados a cotizar a pensiones por edad (subtipo de cotizante 03) o con requisitos cumplidos para pensión, para indemnización sustitutiva o devolución de saldos (subtipo de cotizante 04), es importante que no se encuentren relacionados en el archivo que será remitido a los Operadores de Información, de lo contrario, no se podrán reportar con estos subtipos de cotizantes en PILA y obligatoriamente tendrán que cotizar a pensión; para actualizar o verificar la información se debe contactar a la UGPP.


Cambio de estructura: se adiciona el campo Actividad económica para el Sistema General de Riesgos Laborales


Vigencia: A partir del 1 de diciembre de 2022

Se adiciona un nuevo campo en la PILA en el que deberás reportar el código de la actividad económica para el Sistema General de Riesgos Laborales para cada cotizante que esté realizando aportes a riesgos laborales. Este código es asignado por la ARL y deberá coincidir con la tabla de actividades definidas en el Decreto 1607 de 2002 para los pagos que realices para el periodo de cotización 2022-11.

A partir del 1 de enero de 2023 cuando pagas el periodo de cotización 2023-01 la actividad debe de corresponder con el Decreto 768 de 2022.


Debes diligenciar este campo con un código válido según el Decreto el cual debe de corresponder a la clase de riesgo que registras en el campo 78 actual de pila y coherente con la tarifa pagada a la ARL, esto para todas las planillas de periodo de cotización noviembre de 2022 en adelante; para periodos anteriores debes diligenciar el campo en cero.


Este cambio aplica para cotizantes dependientes (01), servicio doméstico (02), independientes con contrato de prestación de servicios (59) y en general para los cotizantes que paguen a una ARL, con excepción de los independientes afiliados voluntariamente al Sistema de Riesgos Laborales tipo de cotizante 57 quienes registraran el campo en cero.

Te ilustramos el cambio de estructura para que realices el ajuste en tu software de nómina:

Software de nomina

Software de nomina 2

Este código de actividad económica para el sistema de riesgos laborales está compuesto de la siguiente manera:

Código de actividad económica

Pago de intereses por mora en planilla tipo O para pagos de saldos de beneficios tributarios


Vigencia: A partir del 1 de diciembre de 2022


El indicador 12 en planilla tipo O, te permitirá realizar el pago únicamente de intereses de mora para los subsistemas diferentes a pensión a los aportantes que la UGPP les indique el valor a pagar de acuerdo con el saldo del beneficio tributario que deba a dicha entidad.


Para elaborar tu planilla debes tener en cuenta:


Datos del cotizante: tipo y número de documento del trabajador, nombres y apellidos, tipo de cotizante, código de las Administradoras de los diferentes subsistemas. Los demás campos del registro tipo 2 no deben ser diligenciados.

En la sección de totales de la planilla indica el valor de la mora de cada subsistema según te haya indicado la UGPP.

 

 



Descarga aquí la Resolución 2012 de 2022

 

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