Cambios e impacto de Resolución 454 desde el 1 de Julio 2021

La resolución 454 emitida en marzo de este año, contiene algunos cambios que entrarán a aplicar a partir de las planillas que se liquiden para el periodo de cotización junio de 2020.  Conoce de qué se trata:

 

Validación de afiliación a la ARL:

 

Cotizantes como dependientes, servicio doméstico, trabajador de tiempo parcial, aprendices en etapa productiva, entre otros; serán objeto de verificación con respecto a la Arl en la que se reportan afiliados por parte de su empleador.  Esto contribuirá a evitar realizar pagos a la administradora de riesgos laborales equivocada.

*No aplica para cotizantes independientes

 

Tipo de Salario:

 

Los empleadores ahora podrán reportar si el salario de sus trabajadores es Fijo o Variable, de la misma manera en que vienen reportando si el salario de un trabajador es integral.  Para esto se dispondrá de un campo en la planilla e modo que el aportante tenga la opción de escoger alguna de estas tres opciones de tipo de salario para sus trabajadores que correspondan a los siguientes tipos de cotizante:

1          Dependiente

2          Servicio doméstico

20        Estudiantes (Régimen especial Ley 789 de 2002)

22        Profesor de establecimiento particular

32        Cotizante miembro de carrera diplomática o consular

58        Estudiantes de prácticas laborales en el sector público

 

 

Importante:

 

  • Para los demás tipos de cotizante este campo debe ser reportado en blanco.
  • Este campo debe ser reportado de igual forma para todas las líneas que reporte un mismo cotizante.

 

 

Clase de Riesgo Laboral:

 

La resolución 454 determina que el campo clase de tarifa de riesgo solo puede ir en blanco cuando el afiliado no está obligado a realizar aportes a riesgos laborales. Por esta razón a partir de la salida a producción de este cambio y para todos los períodos de cotización se exigirá que este campo venga diligenciado.

 

 

Cuando el cotizante reporte novedad de ausentismo durante todo el período, será necesario que el aportante suministre esta información.

 

Consulta aquí la Resolución 454 

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